Declararse en bancarrota

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Declararse en bancarrota no siempre es la forma correcta.

Somos conscientes de que declararse en bancarrota nunca es un momento divertido. En algunos casos, no hay otra salida. En otros casos, sí.

Para declarar la bancarrota de una BV usted mismo o para declarar en quiebra a una BV por el tribunal, se deben seguir varios pasos. Podemos ayudar con este proceso. Póngase en contacto con nosotros para analizar las posibilidades.

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¿Por qué tengo que declarar a alguien en bancarrota?

Como acreedor , a veces es aconsejable involucrarse desde el principio. Si recibe señales de que ya no recibirá su dinero o que la posibilidad de que esto ocurra es cada vez menor, la bancarrota puede garantizar que aún recupere parte de su dinero. Si no lo haces, existe una posibilidad real de que nunca veas la inversión que has realizado.

¿Por qué declararse en bancarrota usted mismo?

Su BV tiene demasiadas deudas, si no ve más salida, declararse en bancarrota usted mismo puede ser la única salida. Una situación particularmente desagradable que tiene consecuencias para el próximo período. Por esta razón, usted quiere estar bien informado sobre las posibilidades y consecuencias de una solicitud de bancarrota.

¿Quién puede declararse en bancarrota?

Hay varias personas y agencias que pueden presentar o ratificar una petición de bancarrota. En todos los casos, significa que las obligaciones financieras ya no se pueden cumplir. El resultado es una quiebra declarada por el tribunal.

Presentar su propia petición de bancarrota usted mismo

Ya no puede pagar sus deudas y está arruinado financieramente. Si no ve una salida a corto o mediano plazo, es posible presentar su propia solicitud de bancarrota usted mismo. El tribunal es, en última instancia, el organismo que decide si realmente se declarará en bancarrota dependiendo de la situación en la que se encuentre. Nosotros podemos guiarte en esto. Si está interesado en este servicio, póngase en contacto con nosotros.

Presentación de la bancarrota por parte de los acreedores

¿Tiene dos o más acreedores? ¿La persona o empresa en cuestión tiene al menos dos deudas, 1 de las cuales está vencida y es pagadera? ¿El deudor ha dejado de pagar y esto le perjudica? Entonces, declararse en bancarrota es un buen paso. Debe contratar a un abogado que presente una solicitud ante el tribunal junto con usted. Si el deudor finalmente es declarado en bancarrota, depende del fideicomisario determinar cuánto recibirá usted del patrimonio en bancarrota.

La Corte

En última instancia, siempre es el tribunal el que determina si se cumplirá la petición de bancarrota. Si se determina que los acreedores tienen razón, las deudas ya no se pueden pagar y esto es demostrable, el tribunal declarará la quiebra. Esto también se puede hacer si lo solicita. Este procedimiento siempre se enmarca en el derecho civil en los tribunales. La bancarrota se puede hacer sin un abogado a petición propia, si se declara en bancarrota de otra persona, siempre debe contratar a un abogado.

El procedimiento de declaración de quiebra

Cuando se ha presentado o se impone la bancarrota, el siguiente es el procedimiento regular de bancarrota.

  • El procedimiento comienza cuando una de las 4 partes mencionadas anteriormente se declara en quiebra ante el tribunal.
  • La quiebra es declarada por el tribunal, que nombra un administrador judicial y un juez supervisor.
  • El concursado pierde, por ministerio de la ley, la disposición y la administración de los bienes (privados o de la sociedad)
  • El síndico actúa en lugar de la parte quebrada, que queda incapacitada.
  • El fideicomisario gestiona la liquidación de la masa concursal.
  • El fideicomisario también representa los intereses de los acreedores.
  • El síndico garantiza la publicación de la sentencia registrándose en
  1. el registro de quiebras y la Cámara de Comercio
  2. el anuncio en el Boletín Oficial
  3. el anuncio en un periódico nacional
  • Examina el patrimonio y trata de determinar cuáles son los activos y las deudas del insolvente.
  • La asociación comercial se hace cargo de todas las obligaciones salariales a partir de la fecha de la bancarrota. En casos excepcionales, también puede suceder que se incluya (parte de) el salario atrasado.
  • El síndico prepara las reuniones de verificación en colaboración con el juez de instrucción.
  • Si es necesario, despide a los funcionarios y vende los activos restantes (bienes, acciones, automóviles e inmuebles). En cualquier caso, los empleados con un crédito salarial tienen prioridad sobre todos los acreedores no garantizados.
  • En caso de que detecte una gestión inadecuada o un comportamiento fraudulento, adoptará las medidas oportunas.
  • El juez de instrucción supervisa la gestión y liquidación de la masa concursal y las actuaciones del síndico.
  • Para determinadas actividades, el administrador debe solicitar permiso al juez de instrucción (por ejemplo: despido de personal y venta de enseres domésticos o enseres). Además, el juez de instrucción preside las reuniones de verificación.
  • A propuesta del juez de instrucción, el tribunal puede ordenar el internamiento de la parte insolvente. El juez de instrucción también puede llamar a declarar y oír a testigos.
  • Una bancarrota puede terminar de las siguientes maneras:
  1. Liquidación por falta de bienes: Si no hay bienes suficientes para poder repartir una cantidad a partes distintas de los acreedores de la masa, se levantará el concurso por falta de bienes.
  2. Extinción por aprobación del convenio propuesto: «El concursado puede proponer un convenio único a los acreedores. Dicha propuesta implica a menudo que el concursado pague un porcentaje del crédito en cuestión, a cambio de lo cual se le libera de sus deudas por el resto.
  3. Extinción por el carácter vinculante de la lista de distribución final: Cuando la masa no dispone de bienes suficientes para hacer una distribución a los acreedores no garantizados, pero se puede pagar (parcialmente) a los acreedores privilegiados
  4. Anulación de la sentencia del Tribunal de Apelación por el Tribunal de Apelación
  5. disolución a instancia del concursado y al mismo tiempo pronunciar la aplicación del plan de reestructuración de deudas

¿Están mis bienes privados cubiertos por la bancarrota?

En caso de quiebra, se embargan todos los bienes. Dependiendo de la forma jurídica de su empresa, también se le declarará en quiebra de forma privada.

Empresa individual.

En el caso de una empresa unipersonal, la totalidad de los activos se embargan en caso de quiebra. Lo mismo ocurre con los bienes privados del propietario.

VOF

Si una sociedad general se declara en bancarrota, todos los socios también están en bancarrota. Por lo tanto, si estos socios son personas físicas, sus bienes privados entrarán en bancarrota.

Calefacción central

En el caso de una sociedad limitada, la quiebra también implica la quiebra de uno o más socios colectivos. Si los socios colectivos son personas físicas, su patrimonio privado estará cubierto por el concurso. Los socios silenciosos (prestamistas) permanecen fuera de peligro con sus activos privados. Solo pueden perder la cantidad que hayan puesto en el CV.

BV, NV, Asociación, Fundación y Cooperativa

Las BV, NV, asociaciones, fundaciones y cooperativas son personas jurídicas. La quiebra de este solo se refiere a los activos de la persona jurídica y, en principio, no a los activos privados de los directores.

Hay situaciones en las que un director de una entidad legal aún puede ser considerado responsable privado. Por ejemplo, en caso de mala gestión, falta de contabilidad adecuada, falta de presentación de cuentas anuales o contraer obligaciones que el administrador sabe que la persona jurídica no puede cumplir.

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